CS acogió recurso de casación en el fondo en contra de sentencia dictada en reclamo de ilegalidad que impugna Ordenanza dictada por la Municipalidad de la Reina.
Solo uno de los artículos de la ordenanza se declaró ilegal.
Solo uno de los artículos de la ordenanza se declaró ilegal.
El máximo Tribunal declaró inadmisble el recurso ya que consideró que no existen sentencias de contraste con la situación planteada.
El máximo Tribunal consideró que la coexistencia de las marcas puede llevar a la confusión a los consumidores. Ambas marcas co-existen en el mismo mercado de consumidores y con semejantes productos
El máximo Tribunal revocó la resolución de fecha 22 de mayo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y consideró que el retorno a labores presenciales del equipo laboral sin explicitar protocolos preventivos atenta contra su derecho a la vida y salud.
El Tribunal de alzada señala que la sola circunstancia que la infracción conlleve una sanción pecuniaria no transforma ese ilícito en una falta penal o deba reputársele como tal, toda vez que esta sanción es, según el artículo 21 del Código Penal, una pena común para los crímenes, simples delitos y también para las faltas.
La recurrente no había podido disponer libremente de los fondos en su cuenta por causas que no le eran imputables.
No resulta posible devolver las especies incautadas en esta etapa de la investigación penal.
La Dirección de Obras Municipales actuó conforme a derecho.
El máximo Tribunal descartó error en la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso de nulidad enderezado en contra de la resolución que denegó el pago del beneficio.
Hasta la madrugada de este martes senadores y diputados trabajaron en un texto de consenso que permitieran zanjar las diferencias que surgieron durante el trámite de la iniciativa.