El juez no puede denegar la ejecución de una ODE únicamente porque la persona buscada sea una madre con hijos de corta edad a su cargo. En efecto, habida cuenta del principio de confianza mutua entre los Estados miembros, se presume que las condiciones de reclusión de una madre con hijos de corta edad en el Estado miembro emisor de la ODE están adaptadas a esa situación.
El interés superior del niño
No corresponde que el Servicio Mejor Niñez persiga la responsabilidad de niños, niñas y adolescentes sujetos de su cuidado, por hechos cometidos en contra de sus funcionarios.
Cancelación de matrícula deviene en ilegal y arbitraria al no respetarse el derecho del estudiante al debido proceso, a la defensa y a ser oído.
Autorización para que los hijos viajen con su padre al extranjero de vacaciones y que la madre solicitó revocar es desestimada: sus temores son infundados.
Revisión de mochilas e instalación de pórticos detectores de metales en los colegios vulneran derechos de NNA y limitan el derecho a la educación.
Son medidas que afectan el derecho a la vida privada, la honra, la intimidad y de la propia imagen e importan una limitación al derecho a la educación por representar una restricción provisoria o permanente a su derecho de acceso y permanencia en el establecimiento.
Cambio de apellido solicitado por el menor de edad a su madre debe ser acogido en atención al interés superior del niño, si además se cumplió con los requisitos legales.
El tribunal de primera instancia rechazó la solicitud, por considerar que se debía supeditar al niño al procedimiento de adopción, además de quedar con dudas sobre la madurez del menor para tomar la decisión de cambiar su apellido paterno.
Se reconoce la nacionalidad española a una menor nacida en una embarcación que se dirigía a la costa de Cádiz.
Se confirmó en segunda instancia el fallo que declaró la nacionalidad de la niña, por considerar que su condición de apátrida vulneraba sus derechos fundamentales y su interés superior.
Reagendar audiencia de juicio oral para un plazo mayor a los 60 días que ordena la ley, no vulnera el derecho de la defensa ni la libertad personal del amparado, resuelve la Corte Suprema.
La fecha fijada se decretó para resguardar los derechos de la víctima menor de edad y que pudiera efectuar su declaración por medio de una entrevista videograbada.
Norma que limita el cambio de nombre y apellido a una sola vez, se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.
Existe un estrecho vínculo entre el derecho a la identidad personal y la dignidad humana. Esta solo se afirma cuando la persona goza de la seguridad de conocer su origen y, sobre esa base, puede aspirar a ser reconocida como tal dentro de la sociedad.