El actor intentó obtener por medio de la acción cautelar una calificación de enfermedad profesional, respecto del padecimiento psiquiátrico que lo afecta, finalidad que excede los límites del recurso de protección, y que evidencia la absoluta ausencia de un derecho indubitado del recurrente.
Enfermedad profesional
Corte Suprema ordena a Juzgado del Trabajo de Osorno tramitar una demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional de funcionario municipal.
Daño psicológico sufrido por una mujer militar acosada sexualmente por su superior jerárquico es una enfermedad profesional, resuelve un tribunal español.
Magistratura no puede desconocer dos resoluciones a firme para anular todo lo obrado porque ello vulnera el debido proceso, resuelve la Corte Suprema.
Empresa debe indemnizar por daño moral a trabajador que no fue capacitado para efectuar labores de fuerza y desarrolló una enfermedad profesional.
Debe pagar 45 millones de pesos en favor del demandante, por no cumplir con la obligación de capacitar y brindar seguridad al trabajador, que constantemente fue expuesto a labores de fuerza sin contar con los elementos técnicos adecuados ni instrucción previa, aún después de ser diagnosticado por la ACHS que ordenó que el actor debía realizar trabajos livianos.
Antes de interponer demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional, se requiere la resolución del organismo administrativo de salud que indique la enfermedad tiene origen laboral.
La demandante, que además demandó por despido injustificado estando aún vigente el contrato de trabajo, pretendía que la magistratura declarara que la enfermedad común que padece tenía un origen laboral, petición ajena a la judicatura, debido a que la acción intentada, obligatoriamente requiere el pronunciamiento previo del organismo de salud respectivo, que haya calificado el origen del padecimiento como laboral.
CODELCO debe pagar indemnizaciones por lucro cesante a cinco trabajadores que contrajeron silicosis.
El máximo Tribunal condenó al pago a la empresa estatal luego de razonar que la determinación del lucro cesante es un juicio de probabilidad en atención a la pérdida patrimonial que experimentaron los demandantes, en función de todo lo que dejaron de percibir debido a la enfermedad profesional.
Empresa que despidió a trabajador que contrajo silicosis es condenada a pagar millonaria indemnización a título de lucro cesante y daño moral.
Además, se ordenó que el gerente realice curso sobre “El Derecho a la no Discriminación en el Trabajo”. El empleador despidió al trabajador por “necesidades de la empresa”, cuando la desvinculación obedeció a razones médicas, discriminándolo negativamente. El máximo Tribunal estimó que el lucro cesante era procedente al constituirse este ítem como un “juicio de probabilidad objetivo sobre la base de los ingresos que le hubieran correspondido al trabajador de no haber contraído la enfermedad profesional”.
Corte Suprema confirma competencia de judicatura civil para tramitar demanda por muerte por enfermedad profesional.
El máximo Tribunal descartó falta o abuso grave en la resolución que confirmó que el asunto corresponde que lo conozca y resuelva un tribunal con competencia en materia civil.
SUSESO debe resolver reclamo de calificación de enfermedad profesional dentro del plazo de 30 días.
El recurrente alegó una demora injustificada en la tramitación de su reclamo ante la Superintendencia, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley, debido a que su petición no fue resuelta dentro de plazo como ocurrió con otros solicitantes en la misma situación.
Renuncia a acciones civiles para perseguir perjuicios ocasionados por una enfermedad profesional solo es procedente a través de un contrato de transacción y no de un finiquito, resuelve la Corte Suprema.
Esta es la correcta interpretación que el máximo Tribunal estimó respecto del artículo 88 de la Ley 16.744, al determinar la imposibilidad de renunciar a los derechos laborales que se consagran en dicha norma, pero tal impedimento no alcanza a las acciones civiles derivadas de accidentes del trabajo, las que pueden ser renunciadas previo acuerdo formal y expreso de las partes.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda por enfermedad profesional de trabajadores mineros que desarrollaron silicosis.
El máximo Tribunal respaldo la interpretación jurídica plasmada en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó.
Corte Suprema ordena pago de indemnización a trabajador con enfermedad profesional por hipoacusia bilateral.
El máximo Tribunal desestimó la procedencia del recurso al no existir disparidad de resoluciones sobre la materia que la parte recurrente pretende uniformar.
Ejército de Chile debe dejar sin efecto la destinación de un oficial a Santiago a fin de no suspender su tratamiento mientras se resuelve sobre su condición médica.
Es la propia institución quien debe instar a tener una pronta respuesta respecto del estado de su funcionario, sin poner de cargo de éste, el término de la investigación sumaria y el pronunciamiento de la Comisión de Sanidad del Ejercito.