En el presente caso, está claro que ambas partes esperaban recibir el producto de la póliza de seguro de vida. Sin embargo, las consideraciones residuales favorecen a la actora, dado que su contribución al pago de las primas en realidad mantuvo viva la póliza e hizo posible el derecho de la demandada a recibir el producto tras la muerte del causante.
Enriquecimiento sin causa
No configura enriquecimiento sin causa aprovechar el dinero en gastos de la pareja, por lo que su reintegro no es exigible tras el quiebre de la relación, resuelve un tribunal español.
ChatGPT enfrenta una demanda colectiva por violar los derechos de autor de obras protegidas.
Mujer debe devolver la pensión de alimentos de su hija que percibió mientras la menor residía con su padre, pues ello configura un enriquecimiento sin causa.
Norma que restringe causales para objetar la liquidación del crédito en procedimiento de cobranza laboral, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
La requirente alega que la aplicación de los preceptos impugnados vulnera su garantía de igualdad ante la ley, debido proceso y seguridad jurídica.
Servicio de Salud debe ajustar los montos que cobra a Universidad en el marco del Convenio Asistencial Docente por los efectos derivados del COVID-19, dictamina la Contraloría.
Las modalidades de retribución convenidas no fueron ajustadas en correlación a los cupos que se haya permitido aprovechar, circunstancia que provoca un desequilibrio económico de las prestaciones.
Aun cuando se haya adjudicado una licitación pública e iniciado la prestación de servicios, el órgano encargado está obligado a iniciar el procedimiento de invalidación si se percata del incumplimiento de las bases del concurso.
La estricta sujeción a las bases constituye un principio rector que rige tanto el desarrollo del proceso licitatorio como la ejecución del correspondiente contrato y dicho instrumento, en conjunto con la oferta del adjudicatario, integran el marco jurídico aplicable a los derechos y obligaciones de la Administración y del proveedor.
Corte Constitucional de Colombia declara inconstitucional parte del plan nacional de desarrollo por generar un enriquecimiento sin causa del Estado.
El margen de configuración legislativa en materia de propiedad privada no es absoluto, de modo que siempre debe motivar la afectación de este derecho.