Un Estado que, como Venezuela, no ha incorporado los crímenes de lesa humanidad en su derecho interno, si bien no está obligado a investigar los presuntos hechos delictivos bajo la calificación jurídica de crímenes de lesa humanidad, debe, no obstante, investigar las acusaciones fácticas que sustentan los elementos contextuales de tales crímenes.
7 de marzo de 2024