Expectativa de privacidad

Cámara instalada en la vía pública con fines investigativos no vulnera la intimidad del sospechoso pues no existe una expectativa de privacidad en el espacio público, resuelve un tribunal argentino.

Existe consenso sobre la falta de expectativa razonable de privacidad en los lugares o espacios públicos. En efecto, no se encuentra discutido en el caso que, todas las actividades captadas por las cámaras de seguridad cuestionadas tuvieron lugar en la vía pública, ámbito que por su propia naturaleza, no se encuentra comprendido dentro de aquellos espacios de reserva.

13 de abril de 2024

Direcciones IP están protegidas por la Constitución canadiense al ser una información privada del titular.

6 de marzo de 2024
El objetivo de la Carta es proteger de manera significativa la privacidad en línea de los canadienses en el mundo abrumadoramente digital de hoy. Una dirección IP es el vínculo crucial entre un usuario de Internet y su actividad en línea. Visto normativamente, es la clave para desbloquear la actividad de un usuario en Internet y, en última instancia, su identidad.

Corte Suprema de Canadá condena por voyeurismo a profesor que utilizó una cámara oculta para grabar a sus alumnos en actividades cotidianas.

22 de septiembre de 2023
La “privacidad”, tal como se entiende habitualmente, no es un concepto de todo o nada. Estar en un espacio público o semipúblico no niega automáticamente todas las expectativas de privacidad con respecto a la observación o la grabación. Más bien, el hecho de que la grabación se considere en general como una invasión de la privacidad depende de una variedad de factores.

Acusado de mantener pornografía infantil en su computador entregado voluntariamente por su cónyuge a la policía, es absuelto. Se vulneró su expectativa de privacidad al no mediar orden judicial.

7 de septiembre de 2023
A la luz de la naturaleza profundamente íntima de la información que se puede encontrar en una computadora personal, la expectativa subjetiva de privacidad del acusado en este caso es objetivamente razonable. El consentimiento de su cónyuge no podía anular esta expectativa respecto a los datos informáticos.
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