El análisis parcial de la prueba rendida para dar por acreditados los hechos, configura el vicio de nulidad formal previsto en el artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil.
Familia
Si el término de la vida matrimonial no se debe al incumplimiento grave de los deberes y obligaciones del matrimonio, procede el divorcio por cese de la convivencia.
Impedir el ingreso de los hijos y la madre a su residencia, constituye un acto de autotutela del padre, sin perjuicio de los derechos que éste posea sobre el inmueble.
No procede decretar la vigencia del arresto nocturno de deudor de alimentos hasta el pago total de la deuda.
Prohibición de renovar la licencia de conducir es una medida autorizada por ley para deudores de alimentos, pero en este caso no ha sido decretada.
El amparado alegó que se amenaza su libertad ambulatoria ante la imposibilidad de renovar su licencia de conducir y la mera posibilidad de que se decreten los apremios de arresto, arraigo o suspensión de licencia de conducir.
Resolución que ordenó el abandono del país de inmigrante hace más de 4 años se deja sin efecto por cambio en sus circunstancias de vida y por fundarse en una norma derogada.
La amparada hoy es madre de un niño chileno, conformando un grupo familiar junto a su pareja, a quien se le ha concedido la permanencia definitiva, elementos todos inexistentes a la fecha en que se dispuso la expulsión.
Proyecto de ley modifica el Código del Trabajo con el objeto de incorporar un permiso para asistir a personas en riesgo de suicidio.
El propósito es habilitar un permiso de acompañamiento para personas en riesgo de suicidio, lo que permitirá a cualquier individuo, ya sea familiar o amigo/a apoyar a uno de los suyos en esta situación difícil y extrema, sin temor a perder el empleo.
Arresto nocturno y arraigo de deudor de alimentos se suspenden hasta que el Consejo Técnico de Tribunal evacue el informe solicitado.
Corresponde previamente disipar las consecuencias que tendría el informe referido en relación con las medidas apremio, por lo que estas medidas deben entenderse suspendida por el propio Tribunal.
Hijos no pueden condonar la deuda por pensión de alimentos del padre, porque afecta los derechos adquiridos de la madre, quien asumió la totalidad de la obligación alimentaria.
En los juicios de alimentos, la madre que demanda las pensiones en representación de los hijos, mientras la deuda del alimentante se encuentra insoluta, se entiende que las ha pagado de su propio patrimonio.
Se autoriza la salida del país al padre para visitar a sus hijos en el extranjero, aunque adeude montos por pensión de alimentos y se haya decretado en su contra orden de arraigo.
Del mérito de los antecedentes, consta que los menores abandonaron el país con destino a Estados Unidos, no registrando a esta data ingreso al país.
Inmigrante que trabaja y con familia en Chile tiene arraigo en el país, motivo suficiente para dejar sin efecto su expulsión, aunque haya ingresado ilegalmente.
La facultad de la autoridad para expulsar cede ante razones humanitarias relacionadas con la protección de la familia, asentadas en normas de la Carta Fundamental y tratados internacionales, más si la autoridad se desistió en su oportunidad de la denuncia por haber aquella ingresado al país de modo irregular
«Perspectiva de género en la gestación por sustitución», por Sofía Laffitte.
Hay quienes, por la falta de seguridad jurídica, que se genera por la no existencia de un marco legal en Argentina, deciden realizar «turismo reproductivo». Esta práctica «puede definirse como el desplazamiento de un individuo o pareja desde su país de origen a otro país, para acceder a las TRA» y genera nuevas problemáticas.
Corte de Valparaíso accedió a la solicitud de cambio de nombre de un niño de 12 años reconociendo su derecho a la identidad.
Además, el Tribunal de alzada reconoce el concepto de «familia ampliada».
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y es deber de los órganos del Estado protegerla y propender a su fortalecimiento, es una de las normas propuestas por Convencionales Constituyentes para que la nueva Constitución proteja a la familia e infancia.
Toda persona, institución o grupo está especialmente obligado a velar por el respeto de la dignidad de los niños, junto al derecho preferente y deber de los padres de criar a sus hijos, formarlos según sus creencias y valores y de elegir la educación que quieran para ellos, entre otras.