El asunto objeto de la acción escapa de la tutela de urgencia propia del arbitrio, pues a los Tribunales no les corresponde involucrarse en el ejercicio de una atribución propia del Poder Legislativo.
20 de julio de 2021
El asunto objeto de la acción escapa de la tutela de urgencia propia del arbitrio, pues a los Tribunales no les corresponde involucrarse en el ejercicio de una atribución propia del Poder Legislativo.