Finiquito

Laudo arbitral que reconoce deuda del Club de Deportes O’Higgins con representante de un futbolista vulnera el orden público chileno.

El TAS condenó al club de la ciudad de Rancagua a pagar más de medio millón de dólares al representante del futbolista Gastón Lezcano, debido a que el empresario era dueño de la mitad del pase del jugador cuando fue vendido en 2017 a un club mexicano, y no recibió su porcentaje de dicha transferencia. No obstante, el fallo arbitral no puede ser cumplido en Chile porque se infringiría el efecto de cosa juzgada que emana del contrato de transacción celebrado entre ambas partes en 2016, cuando acordaron amplio finiquito y no adeudarse obligaciones, por lo que el laudo infringe lo dispuesto en el artículo 2460 del Código Civil.

24 de enero de 2024

No procede demandar a una empresa con la cual los trabajadores firmaron finiquito y la empresa se subrogó en sus derechos, resuelve la Corte Suprema.

10 de enero de 2024
La empresa pactó el finiquito con subrogación con los demandantes, los cuales cedieron a la demandada sus derechos para accionar respecto de las deudas previsionales de su anterior empleador, por lo tanto, los trabajadores no pueden demandar a la recurrente por ser acreedora -al igual que ellos- de las deudas previsionales cuya titularidad cedieron para un futuro cobro por parte de la empresa subrogante.

Si el finiquito no contiene mención expresa a la acción de indemnización de perjuicios por un determinado accidente laboral, solo exime al empleador de su responsabilidad en las prestaciones laborales emanadas directamente de la prestación de servicios.

29 de junio de 2023
El poder liberatorio se restringe a todo aquello en que las partes han concordado expresamente y no se extiende a los aspectos en que el consentimiento no se formó, sea porque una de las partes formula la reserva correspondiente, sea porque se trate de derechos u obligaciones no especificados por los comparecientes, sea por cualesquiera otras razones que el entendimiento humano pudiera abarcar.
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

El finiquito pierde su poder liberador si se celebra a continuación un nuevo contrato de trabajo entre las partes, resuelve la Corte Suprema.

El trabajador durante los años 2017 a 2020 celebró sucesivos contratos de trabajo por obra o faena con sus respectivos finiquitos, los cuales carecen de fuerza probatoria al no ser más que una mera renuncia de derechos mientras existía una nueva relación laboral entre las partes. El máximo Tribunal determinó que en atención al principio de primacía de la realidad, existió un único contrato de trabajo indefinido.

15 de enero de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

En el finiquito el empleador pagó un monto al trabajador a título de indemnización por enfermedad profesional, por lo que esa suma debe descontarse del monto de la indemnización a que se condena a título de daño moral.

Un grupo de ex trabajadores de Codelco demandó solicitando indemnización por daño moral, al retirarse de la empresa luego de contraer silicosis, no obstante, cuestionaron que al acoger su demanda, el tribunal permitiera el descuento de lo pagado en el finiquito, hecho que fue confirmado por el máximo Tribunal.

30 de noviembre de 2022
Principio de primacía de la realidad.

Finiquito no tiene poder liberador si las partes continúan relacionadas mediante contratos posteriores al término de la relación laboral, resuelve la Corte Suprema.

Los contratos de trabajo celebrados al día siguiente del finiquito dan cuenta de la intención de ambas partes de seguir vinculadas, hecho que no puede ser desconocido por la empleadora al momento de la desvinculación para reducir la base de cálculo de la indemnización por años de servicio.

22 de noviembre de 2022
Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Aceptado en el finiquito una compensación económica para indemnizar una enfermedad profesional, no puede luego demandarse una nueva indemnización aduciendo el aumento del grado de incapacidad.

El trabajador tenía conocimiento del porcentaje de pérdida de capacidad de ganancia que padecía al momento de consentir el finiquito y aceptó el acuerdo económico alcanzado con la empresa, renunciando a interponer acciones relacionadas con esta materia.

7 de octubre de 2022
Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

No procede la indemnización de perjuicios por enfermedad profesional si la relación laboral cesó años después de contraer la enfermedad, fue trasladado de funciones por el empleador y se le pagó la indemnización por años de servicio a pesar de su renuncia.

En la especie, renunció voluntariamente el trabajador, recibió el pago de la indemnización por años de servicio y feriado legal, renunció a la acción indemnizatoria por los perjuicios de salud que invoca.

29 de septiembre de 2022
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