Fondos públicos

Proyecto de ley establece las bases de las transferencias a personas e instituciones privadas y modifica la ley que establece registros de las personas jurídicas receptoras de fondos públicos.

Las Instituciones Privadas sin Fines de Lucro son importantes colaboradores del Estado, pero la relación entre el Estado y estas organizaciones no cuenta con una regulación general ni permanente y depende en gran medida de glosas presupuestarias que anualmente contempla la Ley de Presupuestos. Lo mismo ocurre respecto de transferencias que hoy se realizan a personas naturales y que al no tener una regulación específica y permanente, quedan sujetas a lo que anualmente se establezca en dicha ley o las reglas que cada organismo público fije al efecto.

8 de febrero de 2024

Corte Suprema envía a Senado informe de proyecto que “modifica el Código Civil, para establecer reglas aplicables a asociaciones y fundaciones que contraten con el Estado o sean receptoras de fondos públicos”.

12 de septiembre de 2023
El asunto fue analizado en el Pleno y entrega la opinión sobre la iniciativa legal que incluye los principios de transparencia y probidad a las personas jurídicas sin fines de lucro que contraten o suscriban convenios con el Estado o sean receptoras de fondos públicos.
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