Funa

Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.

“Funa” a través de cuenta anónima contra hombre al que se le acusa de violador, afecta garantías constitucionales, más aún si no se han ejercido acciones legales ante la sede que corresponda.

La conducta desplegada por la recurrida, promoviendo el repudio social, puede calificarse de ilegal y arbitraria, al dañar la reputación del recurrente, creando una situación de exposición que evidentemente lo ha perjudicado en su ámbito laboral, familiar y social.

9 de marzo de 2023
Recurso de protección acogido por Corte de Concepción.

Embarazada que “funó” a dentista debe eliminar publicación que lo acusa de mal profesional e informarlo por escrito a la Dirección del CESFAM, en cuanto menoscaba su honra.

Aunque la libertad de expresión ha sido fundamental en el imaginario mundo de la comunicación en el ciber espacio, la experiencia ha demostrado que en los entornos de comunicación virtual ella puede entrar en conflicto con el derecho al buen nombre.

9 de marzo de 2023
Argentina.

Cliente debe indemnizar a su abogada por “funarla” en redes sociales: las publicaciones se hicieron virales, por lo que el daño al honor fue considerable.

Se hace fácil dejar fluir en la virtualidad expresiones personales, y apreciaciones, porque es un medio expedito, gratuito –solo requiere conexión a internet, la que no necesariamente se paga-, que puede ser difundido sin mayor esfuerzo y costo, y en el que los sujetos pueden colocarse detrás de la pantalla, creyéndose que esa falta de presencia les quita responsabilidad por sus actos y lo que dicen.

28 de febrero de 2023