Los programas de reinserción social ejecutados por Gendarmería se encuentran reglados en cuanto a su oportunidad y funcionamiento.
GENCHI
Retiro temporal impuesto a Gendarme mientras se tramita sumario en su contra por presunto ingreso de teléfonos celulares al recinto penal, se ajusta a derecho.
Traslado de Colina II al Recinto Penitenciario de Alta Seguridad al líder de la banda criminal “Los Macacos” por la necesidad de segmentarlo por su perfil criminógeno, no es ilegal.
Órdenes verbales de un superior no pueden ser impugnadas mediante el recurso de protección.
Corte de Concepción autoriza a Gendarmería para internar en caso de urgencia en un centro hospitalario a un condenado por estar en huelga de hambre líquida.
Todo ser humano es dueño de su propia vida y es libre para decidir el curso de la misma, pudiendo utilizar su cuerpo como mecanismo de protesta, incluso si esto lo conduce a la muerte. El derecho a la vida que protege nuestra Carta Fundamental no puede ser utilizado en contra de su legítimo titular para obligarlo a ingerir alimentos. Pretender que el Estado puede forzar a una persona a vivir deja al derecho a la vida desprovisto de su contenido de libertad y constituye un trato incompatible con la dignidad del ser humano, refiere el voto en contra.
Revocar permiso de salida a condenada por denigrar a funcionaria de gendarmería, tras la solicitud de sacarse la ropa interior en el marco de un procedimiento de allanamiento, no es ilegal.
El tribunal ha actuado dentro de la esfera de su competencia; en audiencia estuvo presente tanto la defensa como el abogado asesor de Gendarmería, dándose la oportunidad a ambas partes de expresar lo pertinente en relación a los derechos de sus representados.
Supervisar la ejecución de la prisión preventiva corresponde al juez de garantía que la hubiere decretado y no a la Corte de Apelaciones.
Si los motivos que se expresan en el recurso fueron descartados por el propio interno, no es posible tener por acreditadas las circunstancias fácticas en que se sustenta el presente arbitrio y la afectación a la libertad personal o seguridad individual que se denuncian.
Trastorno de policonsumo y esquizofrenia no permiten presumir la inimputabilidad por enajenación mental del imputado, resuelve Corte de Santiago.
Aparecen antecedentes suficientes que permiten presumir la inimputabilidad por enajenación mental del amparado, refiere el voto en contra.
Gendarmería debe trasladar a interno al Hospital Regional para constar lesiones, resuelve Corte de Rancagua.
En virtud del artículo 10 del Código Procesal Penal, y tras las evidentes contradicciones entre el recurso y el informe de Gendarmería, la acción de amparo no es la vía idónea para resolver el conflicto, sino por un proceso inmediativo, donde se debe abrir un debate, el cual debe ser resuelto por un Tribunal, refiere el voto en contra
Traslado de interno imputado por delitos de carácter sexual en menor de 14 años a más de 1200 km del domicilio familiar, resulta arbitrario.
Se tuvo a la vista el Informe Técnico de Gendarmería, que da cuenta que el imputado habría denunciado que fue objeto de agresiones físicas y sexuales en la unidad penal, por lo que su segmentación se encontraría agotada dentro del recinto, permaneciendo actualmente en celdas de aislamiento que no están diseñadas para permanecer por largos periodos, por lo que la petición formulada se encontraría fundamentada, informó el recurrido.
Adolescente que alcanzó mayoría de edad mientras cumple condena puede ser trasladado de un centro administrado por SENAME a la Sección Juvenil de Gendarmería si incurre en actos constitutivos de faltas graves e incumple el reglamento.
La decisión del tribunal recurrido se basó en la solicitud realizada por el Centro Cerrado de Limache y el Informe Técnico del mismo centro.
Como madre de interno padece depresión y obesidad se lo debe trasladar a un recinto más próximo para que pueda visitarlo.
El amparado fue traslado del Complejo Penitenciario de Valparaíso al de Valdivia, atendido que se negaba a entrar a los módulos que se le asignaban. No obstante, atendido el perfil criminológico y comportamiento, resulta posible trasladarlo al Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, informó la recurrida.
Resolución del Juzgado de Garantía que autorizó la sanción disciplinaria impuesta por Gendarmería en contra de dos reclusos del Complejo Penitenciario de Valparaíso, es ilegal por falta de pruebas.
La imposición de una sanción disciplinaria a los amparados afecta su libertad personal y seguridad individual, toda vez que torna más gravosa la privación de libertad a que se encuentran sometidos.
No es obligación mantener a los reclusos cerca de su lugar habitual de residencia para garantizar su derecho a visitas.
Tanto la autoridad penitenciaria y el juez a quo obraron con mérito para solicitar y decretar el traslado contra el que se reclama, atendido el número y gravedad de los ilícitos por los que fueron formalizados ambos amparados, circunstancia que permite también descartar algún tipo de arbitrariedad.