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Gobiernos Regionales se encuentran facultados para prestar apoyo y colaboración en situaciones de emergencia y catástrofe, en las condiciones que se indican

Si bien el ámbito competencial en la atención de emergencias y desastres que rige a los gobernadores regionales es el territorio de su propia región, ello no obsta para que, en caso de que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública así lo resuelva, ellos sean convocados a participar de la instancia nacional, en los términos ya anotados.

6 de febrero de 2024

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