Normas del Código Tributario que limitan la procedencia del recurso de casación en la forma sede Tributaria, no producen efectos contrarios a la Constitución, resuelve el Tribunal Constitucional.
El requirente alegó que los preceptos legales impugnados vulneran sus garantías de igualdad ante la ley, debido proceso y a la no afectación de los derechos constitucionales en su contenido esencial.