Universidad no puede solicitar a académico el cumplimiento de mayores requisitos que los exigidos en su reglamento interno para obtener una mayor jerarquización.
El recurrente acreditó el cumplimiento de tres de las cinco exigencias que el plantel requiere para el nombramiento de “Profesor Titular B”, en concordancia con el reglamento de la casa de estudios, que exige al menos el cumplimiento de aquella cantidad de requisitos, y no cumplir de forma simultánea los cinco literales mencionados.