Impuestos

El DNU 70/2023 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Argentina, por Marcelo López Mesa.

Mirando en detalle los textos de las normas modificadas y las «derogadas» por el DNU 70/2003 , así como la fundamentación de ese decreto, para una persona formada y que esté acostumbrada a pensar por sí misma, no es difícil concluir que se trata de una norma globalmente inconstitucional. Ello, dado que contraviene frontalmente una prohibición expresa del art. 99 inc. 3º , segundo párrafo de la Constitución Nacional, al pretender canalizar una intensa actividad legislativa, por medio de un decreto.

30 de diciembre de 2023

Tribunal español aminora responsabilidad de especialista que perjudicó a su amigo al prestar una asesoría tributaria deficiente: la gratuidad del servicio y relación de amistad deben ponderarse a su favor.

22 de diciembre de 2023
La caracterización de la gratuidad u onerosidad del mandato, tiene incidencia en la valoración de la responsabilidad contractual del mandatario, que deberá estimarse con mayor o menor rigor según que el mandato haya sido o no retribuido, operando la gratuidad como posible criterio de moderación de la responsabilidad del mandatario.
Igualdad de Género.

Reforma Constitucional prohíbe los tributos de carácter sexista y establece la exención del pago de impuesto a los productos de gestión menstrual.

El establecimiento de un impuesto a estos bienes, pone de manifiesto que la vida para una persona con la capacidad de menstruar es significativamente más cara, lo que dificulta el más pleno goce de los derechos de las mujeres, de las demás personas con capacidad para menstruar y el avance hacia la igualdad de género.

14 de septiembre de 2021
"La Ley N°20.322, que creó los Tribunales Tributarios y Aduaneros, estableció un procedimiento general de reclamaciones por aplicación a las normas tributarias".

CS rechaza recurso de protección en contra de circular del SII que grava contratos de seguros de vida que combinen protección y ahorro, y que generen renta afecta a impuestos de primera categoría, global complementario o impuesto adicional.

El máximo Tribunal estableció que la acción cautelar no es la vía idónea para impugnar la resolución del ente recaudador, la que debe recurrir ante los tribunales tributarios y aduaneros.

14 de abril de 2021