TC deberá pronunciarse sobre el fondo de inaplicabilidad intentada por Empresa respecto de normas que le impiden contratar con el Estado, pues vulneraría garantías de igualdad ante la ley, debido proceso y derecho de propiedad.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.