Indemnización de perjuicios

Responsabilidad extracontractual por falta de servicio.

Municipalidad de Chillán debe indemnizar el daño moral causado a transeúnte que sufrió caída producto de una tapa de concreto que sobresalía en una de las avenidas de la comuna y que no contaba con señalización.

El inciso penúltimo del artículo 169 de la Ley del Tránsito, dispone que la Municipalidad respectiva es responsable civilmente de los daños que se causaren con ocasión de un accidente que sea consecuencia del mal estado de las vías públicas o de su falta o inadecuada señalización.

17 de enero de 2023
Filiación paterna.

Padre que reconoció tardíamente a su hija debe indemnizar el daño moral que le causó, a pesar de su falta de discernimiento, resuelve tribunal de Argentina.

Se reúnen los requisitos exigidos por la norma para la procedencia del reclamo por daño directo impetrado en nombre de la niña en tanto el acto es antijurídico, el demandado ha actuado con culpa, se ha generado daño moral por ausencia de la figura paterna y falta del emplazamiento familiar correspondiente, que la niña sufre con independencia de su discernimiento. Este daño guarda una relación causal adecuada con la conducta omisiva.

13 de enero de 2023
Argentina.

Tribunal revoca indemnización conferida a jueza que alegó estrés laboral y “burnout”.

Ser magistrado implica estar en una línea de conflicto permanente en función del respeto de los derechos individuales y fundamentales de los ciudadanos, que a la vez entran en conflicto con los derechos de otros ciudadanos. Por ello, cualquier juez es susceptible de ingresar en conflicto o tensión con un funcionario, político o legislador de otro espacio de poder del Estado o con un periodista a quien no satisface una resolución y por lo tanto la cuestiona en el ámbito mediático.

17 de diciembre de 2022
España.

Empresa debe indemnizar a trabajadora embarazada por negarse a tramitar su baja laboral a pesar de contar con una recomendación médica.

Los actos de la empresa impidieron que se materializara peligro alguno en la integridad física de la trabajadora, pero deben reputarse vulneradores de su derecho a la integridad física al haber negado la tramitación de la baja por riesgo de embarazo que resultaba procedente, durante un tiempo considerable que obligó a la demandante a que constantemente estuviese gestionando su situación con la potencial tensión emocional que ello puede provocar.

3 de diciembre de 2022
Páginade 25