CS rechaza impugnación relativa al poder liberatorio del finiquito respecto de la acción de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional.
La actora realizó una reserva expresa de derechos en la que no incluyó la referida acción.
La actora realizó una reserva expresa de derechos en la que no incluyó la referida acción.
Los proveedores del servicio médico se encontraban obligados a observar el deber de seguridad en la atención de la actora y su hija.
Los trabajadores realizaron prácticas abusivas durante una manifestación que duró 18 días en la sucursal situada en Cipolletti.
El Tribunal rechazó la pretensión del demandante, tras establecer que en la especie no se logró probar que el daño sufrido por el demandante se deba a la falta de servicio del municipio en la mantención de la acera donde se habría registrado el accidente.
Las medidas adoptadas por la empleadora no fueron suficientes para proteger eficazmente la vida y salud de la actora.
La demandada fue condenada a indemnizar a los actores por daño emergente y daño moral.
La demandada fue condenada al pago de $90.000.000.
El máximo Tribunal estableció que la empresa refinadora es responsable por el derrame de hidrocarburo provocado por la rotura de ducto submarino de la terminal de descarga que posee en la bahía.
Las demandadas fueron condenadas solidariamente al pago de $7.000.000 por concepto de daño moral.
El actor no denunció el hecho ni concurrió a la mutual de seguridad.