Norma que impide invocar el abandono del procedimiento en un proceso laboral se objeta ante el Tribunal Constitucional.
Infringe la igualdad ante la ley, el debido proceso y la seguridad jurídica.
Infringe la igualdad ante la ley, el debido proceso y la seguridad jurídica.
Las normas objetadas permiten a los tribunales reducir prudencialmente el avalúo de una propiedad e impiden alegar la lesión enorme en remates.
Se acompañó certificado de pago por las diferencias de cotizaciones previsionales pero el juzgado de cobranza no resuelve la petición de convalidación del despido, la que se encuentra pendiente hasta la fecha de presentación del requerimiento de inaplicabilidad.
Se infringe el derecho de propiedad, la igual repartición de las cargas públicas y la Convención Americana de Derechos Humanos.
La resolución que concede esta medida precautoria en la gestión pendiente le impide a la requirente ejercer su derecho a defensa y constituye una expropiación o limitación no tolerada por el ordenamiento constitucional vigente.
Se impide la continuación del proceso criminal iniciado por una querella en contra de funcionarios de la PDI, vedando al querellante una forma de ejercicio de la acción penal, como es la de acusar o forzar la acusación, lo que hace ilusorio el igual ejercicio de esta acción.
No se garantiza justicia en un plazo razonable e instituyen un proceso jurisdiccional sin término, lo cual deja a la requirente en la indefensión y de manos atadas a un juicio de nunca acabar.
Se impide a las víctimas el acceso a un procedimiento racional y justo seguido ante un órgano jurisdiccional.
Representa una restricción al legítimo derecho a la contradicción que rige en toda clase de procesos litigiosos y al derecho a la tutela judicial.
La Corte de Talca suspendió al Juez requirente de sus funciones por dos meses, con goce de medio sueldo, en causa disciplinaria, en relación a un conflicto que mantiene con un particular. Lo que infringe el debido proceso, en su dimensión del principio de legalidad y tipicidad.