Inspección del Trabajo

Renuncia a la tramitación ante la Inspección del Trabajo opera desde que dicho órgano informa formalmente el desistimiento.

La fecha en que la Inspección del Trabajo informa mediante la respectiva acta la renuncia a la etapa administrativa, es la que tiene valor al momento de computar los plazos de caducidad de las acciones en sede laboral, y no la fecha en que el trabajador expresó dicho desistimiento. Por lo tanto, la acción deducida por el quejoso no había caducado al momento de su interposición, resolvió la Corte Suprema.

18 de enero de 2024

Norma que sanciona al empleador con la nulidad del despido si no acredita el pago íntegro de las cotizaciones previsionales del trabajador al momento del despido, no produce resultados contrarios a la Constitución.

26 de diciembre de 2023
No vulnera la igualdad ante la ley ni el debido proceso. La parte requirente yerra al asumir que la discusión de la existencia de una relación laboral es incompatible con la aplicación del artículo 162, y que además de esto se derivaría alguna inconstitucionalidad.

Norma que obliga otorgar descanso reparatorio a trabajadores de establecimientos de salud privados, farmacias y almacenes farmacéuticos en reconocimiento a su labor durante el COVID-19, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

28 de noviembre de 2023
El requirente alega que la norma legal objetada infringe igualdad ante la ley, la libre iniciativa económica, el derecho de propiedad y el principio de seguridad jurídica, desde que a pesar de que el objeto de la empresa es entregar servicios informáticos en establecimientos de salud y que, por tanto, no corresponde a un establecimiento de salud, el precepto impugnado la hace responsable del otorgamiento de descanso reparatorio por la pandemia.
Requerimiento de inaplicabilidad rechazado con votos en contra.

Norma que permite a la Inspección del Trabajo sancionar las infracciones con pena de multa de acuerdo al tamaño de la empresa, no produce resultados contrarios a la Constitución.

La utilización como factor para fijar el monto de las multas por infracciones laborales del número de trabajadores de la empresa representa un criterio equívoco, producto de una apreciación superficial de lo que es la realidad económica de las empresas, y de ahí que signifique el establecimiento de una diferencia arbitraria por parte de la ley y un incumplimiento de dar una igual protección a todas las personas, refiere el voto en contra.

18 de octubre de 2023
Recurso de queja rechazado.

Plazo para deducir la acción de despido injustificado es de 90 días máximo, resuelve la Corte Suprema.

El recurrente acusó que no operó la caducidad de la acción en su caso, pues interpuso dos reclamos administrativos ante la Inspección del Trabajo, y la magistratura debió considerar la fecha del último de ellos para computar el plazo. No obstante, el máximo Tribunal observó que el actor presentó la demanda en el día 91 luego del despido, excediendo el plazo de 90 días establecido en el inciso final del artículo 168 del Código del Trabajo.

5 de septiembre de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Traslado del lugar donde dirigente sindical realiza su trabajo constituye una práctica antisindical, resuelve la Corte Suprema.

Una empresa de casinos trasladó a una de sus trabajadoras -que es dirigente sindical- a las instalaciones de una empresa mandante diferente, debido a reclamos por su desempeño en el primer lugar, acto que es contrario al mandato legal del artículo 243 del Código del Trabajo en relación con el artículo 12 del mismo texto legal.

6 de julio de 2023
Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Norma que tipifica y gradúa sanciones por infracciones al Código del Trabajo y sus leyes complementarias, no produce resultados contrarios a la Constitución.

La norma permite la flexibilidad suficiente para que la autoridad administrativa y los tribunales, revisando lo obrado, puedan determinar el tipo de sanción y la severidad de la sanción específica -en este caso, la cuantía de la multa- en base a criterios o parámetros fijados en forma previa por parte del legislador.

16 de abril de 2023
Recurso de nulidad laboral rechazado.

La sola denominación de “operador de tienda”, no posee la especificidad necesaria para considerar cumplida la exigencia del artículo 10 N°3 del Código del Trabajo relativa a la descripción de las funciones.

El contrato de trabajo debe contener la determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse. El contrato podrá señalar dos o más funciones específicas, sean estas alternativas o complementarias, exigencia no cumplida, lo que motivó la sanción de multas.

8 de enero de 2023
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