Mirando en detalle los textos de las normas modificadas y las «derogadas» por el DNU 70/2003 , así como la fundamentación de ese decreto, para una persona formada y que esté acostumbrada a pensar por sí misma, no es difícil concluir que se trata de una norma globalmente inconstitucional. Ello, dado que contraviene frontalmente una prohibición expresa del art. 99 inc. 3º , segundo párrafo de la Constitución Nacional, al pretender canalizar una intensa actividad legislativa, por medio de un decreto.
Laboral
Instan al Ejecutivo a enviar un proyecto de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Corte de Apelaciones de Santiago confirma multas aplicada a ferretería por infracciones laborales.
Sala del Senado analizará proyecto de las 40 horas laborales.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda por despido indebido de profesoras desvinculadas.
El máximo Tribunal refrendó la interpretación jurisprudencial plasmada en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que ordenó al establecimiento educacional solucionar el incremento legal por años de servicios y proceder a restituir los descuentos del aporte del empleador a los seguros de cesantías de las docentes.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda por despido injustificado de preparador físico de club de fútbol.
El máximo Tribunal descartó que exista dispersión jurisprudencial que requiera pronunciamiento unificador.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda de cobro por tiempos de espera de chofer de camiones.
El máximo Tribunal compartió la doctrina plasmada en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que confirmó la de primer grado que ordenó el pago.
Corte Suprema confirma fallo que acogió tutela laboral de funcionario despedido de consultorio municipal de Renca.
El máximo Tribunal desestimó la procedencia del recurso al no ser contrastable la materia que la recurrente pretende unificar.
Corte de Santiago confirma fallo que acogió demanda por despido injustificado de vendedora de AFP.
El Tribunal de alzada desestimó la procedencia del recurso intentado por la AFP, al estar dirigido en contra de los hechos establecidos por el juez del fondo.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda por accidente laboral en carnicería de Colina.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a las demandadas, Ganadera Res Limitada, Comercial Res Limitada, Don Ganadero Spa y Agromerk Spa, a pagar, por constituir un único empleador, solidariamente la suma de $45.000.000 por concepto de daño moral, a trabajadora.
Proyecto de Ley que reduce la jornada laboral a 40 horas sigue su tramitación en el Senado.
La Comisión de Trabajo del Senado comenzará a discutir la iniciativa con suma urgencia, la cual necesita para su aprobación de quórum simple.
Corte de Apelaciones de Santiago confirma multas a clínica privada por infracciones al Código del Trabajo.
El Tribunal de alzada descartó error en la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que desestimó el reclamo judicial interpuesto por la clínica privada en contra de la resolución de multa dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente.
Tribunal de España condena a Centro de Salud al pago de una indemnización por el contagio de Covid que sufrió una funcionaria que no contaba con elementos de protección durante su jornada.
Los empleadores están obligados a proporcionar elementos de seguridad e higiene acordes con la labor que desempeña el trabajador.
Las sucesivas contrataciones a plazo acordadas entre un municipio y un profesional de la educación no transforman este vínculo en uno de carácter indefinido regido por el Código del Trabajo.
El Estatuto Docente regula íntegramente esta modalidad contractual. Al considerar aplicables las normas del Código del Trabajo relacionadas con los efectos pecuniarios del término de la vinculación, como si se tratara de un despido injustificado, se incurrió en una errada aplicación del derecho.