Ley de Control de Armas

Corte de San Miguel requiere el pronunciamiento del Tribunal Constitucional en relación a norma que prohíbe sustituir la pena privativa de libertad respecto de quienes cometieron un delito de la Ley de control de Armas.

Sostiene que la norma legal objetada podría infringir la igualdad ante la ley, el derecho a un procedimiento racional y justo, el principio de proporcionalidad, desde que a diferencia de quienes fueron condenados por un delito de mayor gravedad, a los condenados por los delitos previstos en los artículos 2 letra c) y 3 de la Ley de control de Armas, no se les puede aplicar una pena sustitutiva.

4 de marzo de 2024

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