El Tribunal argentino acogió la medida cautelar solicitada por la recurrente y decretó una orden de no innovar y, en virtud de ello, la inaplicabilidad de la normativa impugnada hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
10 de junio de 2021
El Tribunal argentino acogió la medida cautelar solicitada por la recurrente y decretó una orden de no innovar y, en virtud de ello, la inaplicabilidad de la normativa impugnada hasta que se resuelva la cuestión de fondo.