No se advirtió una condición de urgencia que requiriera de atención médica impostergable para evitar la prolongación de riesgo vital, ya que la paciente fue tratada por síntomas de una enfermedad que ya padecía.
18 de abril de 2023
No se advirtió una condición de urgencia que requiriera de atención médica impostergable para evitar la prolongación de riesgo vital, ya que la paciente fue tratada por síntomas de una enfermedad que ya padecía.
Se estableció el estado de riesgo vital en que se encontraba la paciente y que llevó a su hospitalización de urgencia en la Clínica Dávila, la que era coherente con su diagnóstico de ingreso.