
Las iglesias y confesiones religiosas tendrán, en sus asuntos religiosos, plena autonomía y libertad, la cual será limitada por el respeto a los derechos fundamentales
Las iglesias y confesiones religiosas tendrán, en sus asuntos religiosos, plena autonomía y libertad, la cual será limitada por el respeto a los derechos fundamentales
Las medidas cuestionadas integran una política pública para enfrentar la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19.
“La suspensión ha sido total, es decir sin excepción alguna, ni aun cumpliendo aforos y protocolos, lo que consideramos prohibido por el artículo 27, inciso 2, de la Convención Americana de Derechos Humanos”, señala la Corporación.
Al respecto, el máximo Tribunal brasileño adujo que dicha norma estimula y promueve un conjunto de creencias y dogmas en detrimento de los demás. De esta manera, la acción obligatoria atenta contra los principios de laicidad del Estado, libertad religiosa e isonomía entre los ciudadanos.
La sentencia señaló que las regulaciones gubernamentales no son neutrales cuando tratan cualquier actividad secular comparable, más favorablemente que el ejercicio religioso.
A los recurrentes les asiste el derecho fundamental de concurrir al culto dominical presencial, debiendo la autoridad establecer un sistema de permisos para tal fin.
La última petición para legislar al respecto, es del 23 de febrero del 2021, en la que se solicita urgentemente que se le dé prioridad a la prohibición de la terapia de conversión, destacando que 157 mil personas han firmado en apoyo a esta petición.
La actuación del Concejal busca denostar a un grupo de personas y a su fe religiosa, lo que vulnera el derecho al honor de los recurrentes y transgrede su libertad de conciencia.
Los hechos acusados no constituyen una “penitencia religiosa”, ya que requieren de la libre voluntad y consentimiento previo de la persona que ofrenda su flagelo.
El STF expuso que prevaleció el entendimiento de que la tutela judicial de la libertad religiosa prevista en la Constitución Federal y la fijación de beneficios o criterios alternativos cuando se alegue una excusa de conciencia es necesaria y obligatoria, siempre que no atente contra la igualdad de competencia.
El acuerdo se dividió 5-4, con la nueva Magistrada Amy Coney Barrett en la mayoría, en su primera votación discernible públicamente en la Corte. Los tres jueces liberales y el presidente del tribunal, John Roberts, discreparon.