El profesional -en un programa de radio- reprodujo la opinión de una de las funcionarias del recinto que dirige la recurrente, que señaló que en contra de la actora se han deducido varios reclamos por acoso laboral que devinieron en un sumario, situación que no agravia a la recurrente, porque es un hecho noticioso de interés, dada su posición como directora de un recinto de salud.
Libertad de informar
Recurso de protección contra General de Carabineros por haberse negado a prestar declaraciones si la periodista Paulina de Allende-Salazar no abandonaba punto de prensa, se declara inadmisible.
Se recurre de protección en favor de periodista Paulina de Allende-Salazar en contra de General de Carabineros que se negó a prestar declaraciones si aquella no abandonaba punto de prensa.
Radio Bio Bio podrá publicar el nombre de empresarios forestales formalizados por delitos económicos, en razón de la libertad de informar que está por sobre el derecho al honor de los imputados.
Críticas en redes sociales al ex intendente de Ñuble, Cristóbal Jardua, por desempeñarse en tres organismos estatales que involucran recursos fiscales, no vulnera el derecho a la honra, resuelve la Corte de Chillán.
No se avizora un daño a la imagen del actor, ni tampoco se aprecia que se trate de comentarios difamatorios, injuriosos o calumniosos.
Emisión de un reportaje que expone una causa por el delito de almacenamiento de pornografía infantil no es ilegal por tratarse de una materia de interés general.
El artículo 1° de la Ley N° 19.733, en su inciso final, reconoce expresamente a las personas el derecho a ser informadas sobre los hechos de interés general.
Nota periodística que publicó extractos de una querella interpuesta en contra de personas que se tomaron el fundo San Miguel de Alto Bío Bío, está amparada por la libertad de informar, resuelve la Corte de Concepción.
El medio de comunicación social vertió en dicha publicación el contenido de una querella deducida en contra de los actores y cuyos hechos son materia del proceso penal incoado.
Acción de protección contra “El Mostrador” y “Radio La Clave” por publicar y difundir información que se califica de falsa referida al alcalde Rodolfo Carter y a la Corporación Municipal de Desarrollo de La Florida, se rechaza.
El recurso de protección no es la vía idónea para resolver las peticiones formuladas, además la libertad de emitir opinión e información es un pilar fundamental para el Estado Democrático de Derecho.