Los titulares de licencias e identificaciones ahora deberán elegir un género binario «masculino» o «femenino», basado en su certificado de nacimiento original o enmendado. Aquellas identificaciones que ya cuenten con la preferencia «X» seguirán siendo válidas hasta su próxima renovación, momento en el cual deberán modificarse para reflejar el género del certificado de nacimiento del titular.
Licencia de conducir
No se configura el delito de falsedad documental si se utiliza una licencia de conducir falsa que contiene los datos reales del titular, pues también es necesario acreditar una finalidad lesiva, resuelve el Tribunal Supremo de España.
Para determinar si se cancela la licencia de conducir no procede considerar las anotaciones que figuren en el extracto de filiación del sentenciado por manejar en estado de ebriedad si ellas han prescrito conforme al artículo 104 del Código Penal.
Para determinar el plazo de suspensión de la licencia de conducir si se incurre nuevamente en el mismo delito de manejo en estado de ebriedad, corresponde aplicar el lapso de prescripción para los simples delitos de 5 años.
Pena de presidio menor en su grado mínimo impuesta a condenado por conducir sin licencia se sustituye por la de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, por la Corte de Temuco.
El condenado cuenta ahora con herramientas para reinsertarse en la sociedad y, además, la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos de esta especie.
Prohibición de renovar la licencia de conducir es una medida autorizada por ley para deudores de alimentos, pero en este caso no ha sido decretada.
El amparado alegó que se amenaza su libertad ambulatoria ante la imposibilidad de renovar su licencia de conducir y la mera posibilidad de que se decreten los apremios de arresto, arraigo o suspensión de licencia de conducir.
No procede condenar a conductor por negarse injustificadamente a realizarse el examen de alcoholemia si accedió a practicarse una prueba respiratoria y no a un examen de sangre.
El fallo no consideró que el conductor ya se había sometido a la prueba respiratoria que llevó a determinar su estado de ebriedad y que de acuerdo al artículo 195 bis de la ley 18.290 existe más de una prueba para determinar la presencia de alcohol en la sangre.
Condenado en los últimos cinco años por el delito de conducción en estado de ebriedad carece de idoneidad moral, exigencia necesaria para renovar la licencia de conducir, resuelve Corte de Talca.
De acuerdo al artículo 16 de la Ley de Tránsito carece de la necesaria idoneidad moral quien ha sido condenado por alguno de los delitos a que se refiere dicha norma, por lo que la negativa a otorgarle hora para renovar su licencia de conducir por la Dirección del Transito no es arbitraria ni ilegal.
Ley que habilita una prórroga progresiva de la renovación de las licencias de conducir, fue publicada en el Diario Oficial.
Este año deberán renovarse las licencias vencidas en 2020 y 2021; en 2024, las de 2022 y 2023; y en 2025, las de 2024 y 2025.
Municipalidad de Cabildo deberá proporcionar a la actora un intérprete de lengua de señas para rendir el examen teórico de manejo.
La Municipalidad está obligada a realizar acciones positivas que faciliten el acceso de la recurrente a ser evaluada en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos, pero no le permitió que tuviera materialmente acceso a un intérprete de señas.
Proyecto de ley facilita la acreditación de idoneidad física y psíquica exigida para renovar la licencia de conductor.
Los titulares de una licencia no profesional Clase B o C, o de una licencia especial, podrán acreditar los requisitos de idoneidad física y psíquica mediante la presentación de un certificado emitido por un prestador institucional de salud acreditado.
Condenas por el delito de conducción bajo estado de ebriedad previas a la entrada en vigencia de la Ley 20.580 no deben ser consideradas para imponer la pena de cancelación de la licencia de conducir
Se infringe al Principio de Irretroactividad de la Ley Penal aplicar una norma posterior a conductas ejecutadas previamente a su vigencia.
Condena anterior a la entrada en vigencia de la ley no pueden ser considerada para agravar la responsabilidad del imputado, resuelve la Corte Suprema.
El Juez consideró una condena por manejo en estado de ebriedad del actor de 1998 para agravar su responsabilidad en un nuevo ilícito, aplicando para ello las normas de la Ley N°20.580, publicada en 2012, y en definitiva, suspender la licencia de conducir del acusado por cinco años.
Condenas previas por manejo en estado de ebriedad anteriores a la modificación de la Ley 20.580 no pueden ser consideradas para cancelar la licencia de conducir del imputado.
De lo contrario, el juez infringe el principio de irretroactividad de la ley penal establecido en el artículo 18 del código punitivo, al aplicar una norma posterior para agravar la sanción por conductas anteriores.