Manejo en estado de ebriedad

El vicio de nulidad debe reclamarse en la oportunidad respectiva para que el recurso se considere preparado, resuelve la Corte Suprema.

El recurrente alegó que se incorporó en el juicio una prueba que fue excluida del auto de apertura, no obstante, el máximo Tribunal indicó que tal vicio no fue reclamado cuando fue conocido por el acusado, además de ser irrelevante, debido a que el resultado del proceso no se ve alterado por la incorporación del medio de prueba reclamado.

5 de junio de 2023

Exclusión testigos

La confesión espontánea de un ilícito no vulnera el debido proceso, resuelve la Corte Suprema.

23 de mayo de 2023
El acusado, al ser consultado por el accidente que protagonizó un vehículo de su propiedad, confesó espontáneamente que él lo conducía al momento de los hechos en estado de ebriedad, declaración que fue dada en una conversación espontánea con personal de Carabineros, y que se ciñe a las facultades investigativas autónomas que el artículo 83 del Código Procesal Penal reconoce a los agentes.
fuente: sociedadenacción.cl

Registro Civil debe eliminar condenas previas cumplidas de hoja de vida de conductor.

7 de abril de 2023
El recurrente fue condenado en el año 2000 y 2008 por manejo en estado de ebriedad, y luego de cumplir ambas condenas se omitieron judicialmente estos antecedentes, no obstante, el Registro Civil se negó injustificadamente a omitir las condenas de la hoja de vida del conductor, lo que vulneró la igualdad ante la ley del actor.
Recurso de protección rechazado.

Liberación del servicio personal en Carabineros es un acto trámite y no un acto terminal, por lo que es improcedente el reclamo por medio de la acción tutelar.

Funcionario de Carabineros impugnó tal comunicación luego de ser sorprendido manejando en estado de ebriedad al interior de la Academia de Ciencias Policiales. No se trata de un acto terminal por estar vigente una investigación administrativa. El actor carece de un derecho indubitado.

19 de julio de 2022
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