Marca


Recurrente debe señalar específicamente la norma probatoria vulnerada y explicar cómo se produce la infracción, de lo contrario el recurso de casación en el fondo no puede prosperar.

29 de octubre de 2022
Empresa que se opuso al registro de una marca alegando coincidencias en los signos gráficos y fonéticos, sólo hizo reclamos genéricos en la forma en que fue valorada la prueba, argumentos que el máximo Tribunal calificó como “una disconformidad con lo resuelto y con la valoración de los antecedentes”.
"Si bien coinciden en el elemento ‘Valentino’, sus complementos, diseño y color logran otorgarle fisonomía e identidad propia".

CS rechazó el recurso de casación en el fondo presentado por sociedad inmobiliaria en contra de la sentencia que confirmó el fallo de primer grado por rechazo de demanda de oposición al registro de la marca mixta “Pizzería Valentino 71”.

El máximo Tribunal descartó error en la resolución, dictada por el Tribunal de Propiedad Industrial, que confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó que el nuevo registro genere confusión entre los consumidores.

4 de mayo de 2021
"No existe el error de derecho pretendido al rechazarse la demanda de nulidad del registro de la marca".

CS rechazó recurso de casación en el fondo formalizado en contra de la sentencia que no hizo lugar a la oposición de registro de marca que distingue, entre otros artículos y productos, gafas ópticas, de sol y deportivas.

El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la resolución recurrida, dictada por el Tribunal de Propiedad Industrial, que rechazó la oposición deducida por el titular de la marca Puma.

12 de enero de 2021
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