
Aunque su categorización como humedal urbano estaba en tramitación al interponerse la acción de protección, era posible reconocerlo como un ecosistema existente, por lo que podía y debía ser objeto de protección.
Aunque su categorización como humedal urbano estaba en tramitación al interponerse la acción de protección, era posible reconocerlo como un ecosistema existente, por lo que podía y debía ser objeto de protección.
El pleno de ministros advierte que, se puede observar que la iniciativa legal objeto de la consulta si bien constituye un avance en la protección de los glaciares, tiene ciertos aspectos que pueden ser mejorados para otorgar una mayor protección a estos.
Esta semana, el pleno de la Convención Constituyente aprobó un artículo que define el agua y el aire como recursos inapropiables. La abogada experta en Derecho de Aguas y académica de la Universidad San Sebastián, Tatiana Celume, se refiere a los conflictos que esta disposición tendría aparejados.
El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción constitucional, debido a que el recurso de protección no es la vía idónea para impugnar resoluciones de la autoridad ambiental, materias que deben ser conocidas y resueltas por el tribunal ambiental correspondiente.
El documento aborda cuatro temas: I) Bases de la Institucionalidad, Deberes del Estado e Institucionalidad ambiental; II) Derechos y deberes en relación al medio ambiente y Limitaciones a otros derechos fundamentales; III) Recurso de Protección, y; IV) Recursos Naturales.
La iniciativa del Ejecutivo busca otorgar una mirada de Estado, a largo plazo, en el resguardo del medio ambiente. El objetivo es que la norma trascienda a los gobiernos de turno.
La infraestructura hídrica en Chile no se encuentra preparada para soportar los efectos del cambio climático, por lo que se vuelve necesario avanzar en políticas que gestionen los recursos hídricos a largo plazo.
Además, que es deber del Estado y de toda persona proteger y conservar el medio ambiente y los bienes públicos; que la destrucción, daño o menoscabo ambiental generará las responsabilidades que establezca la ley y que las actividades económicas que tengan efecto en el medio ambiente se sujetarán a las normativas medioambientales vigentes.
Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo dispuso, en agosto del año pasado, el llamado a una nueva votación del proyecto minero portuario Dominga y rechazó solicitud de abrir otro proceso de participación ciudadana.
Es deber del Estado asegurar el buen vivir de las generaciones presentes y futuras, y avanzar de manera sostenida en la prevención y reducción de los riesgos provocados por el cambio climático.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictó sentencia preliminar en un caso que incide en la construcción de un proyecto que afectó la cubierta vegetal de parte del hábitat de descanso y reproducción -que implicó su deterioro y/o destrucción- del hámster europeo, en Austria. El hámster europeo es una especie protegida conforme […]