La requirente alega que los preceptos legales objetados infringen el debido proceso y los principios de legalidad, tipicidad, proporcionalidad y de inocencia, desde que no sólo se le confiere estatutariamente a la autoridad sanitaria una facultad que no tienen ni los jueces de la República ni el Ministerio Público, sino que, además, permite que se inicie un sumario de oficio, en el que se le califica anticipadamente como infractor, en cuanto se le considera culpable solamente por un hecho constatado por el fiscalizador.
Multas
Normas del Código Sanitario que regulan el ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones sanitarias no producen resultados contrarios a la Constitución.
Hoy comienza a regir la nueva Ley de Tránsito.
Citaciones ordenadas por funcionarios de la Dirección del Trabajo notificadas por correos electrónicos pueden dar lugar a sanción de multa si no se comparece injustificadamente.
Norma que establece escala de multas en razón del tamaño de la empresa empleadora no produce efectos contrarios a la Constitución, resuelve el Tribunal Constitucional.
El requirente alegó que la sanción prevista incumple los principios de proporcionalidad y tipicidad.
Administración de condominio debe restituir dineros cobrados a título de multa, a vecinos que infringieron el reglamento de copropiedad que les prohibía tener mascotas.
Las multas cursadas como consecuencia de una infracción fundada en un Reglamento declarado previamente ilegal por sentencia judicial firme son improcedentes y corresponde su restitución a los sancionados.
Normas que regulan la reajustabilidad de deudas previsionales se impugnan en sede de inaplicabilidad, ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la aplicación de los preceptos en el caso concreto, producen efectos inconstitucionales.
Normas que establecen medidas precautorias y apremios, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la aplicación de los preceptos en el caso concreto, vulnera normas y garantías constitucionales.
Norma que regula el cumplimiento de las sentencias y el apremio que puede decretar el TDLC en caso que no se paguen las multas que imponga, se examinará en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
La Fiscalía Nacional Económica solicitó se tenga por rechazado el requerimiento interpuesto por la ANFP, alegando que la aplicación de los preceptos impugnados no resulta contraria a la Constitución.
Norma que faculta a la Superintendencia de Servicios Sanitarios a imponer multas a prestadores de servicios sanitarios, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le sanciona dos veces por el mismo hecho, lo que infringe los principios de non bis in ídem y de proporcionalidad.
Norma que establece la solidaridad de directores y administradores en el pago de las multas aplicables a personas jurídicas por conductas contrarias a la libre competencia, no es inaplicable sentencia el Tribunal Constitucional.
La solidaridad pasiva prevista en el precepto legal impugnado opera como un mecanismo de afianzamiento de la responsabilidad personal del pago de la multa impuesta y no constituye una segunda sanción.
Norma que faculta a la Superintendencia de Servicios Sanitarios para imponer multas a prestadores por infracciones a la regulación sectorial, será examinada en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
Aguas Andinas estima que el cúmulo de multas que se le aplicó de acuerdo con la norma impugnada transgrede los artículos 5°, 6°, 7° y 19 N° 2, N° 3 y N° 26 de la Constitución.
Normas que le reconoce potestad sancionatoria a la Inspección del Trabajo en accidentes laborales, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
La empresa requirente alega que la ley no describe la conducta infraccional, motivo de la multa, permitiendo la arbitrariedad del órgano administrativo.
Norma que faculta a la Superintendencia de Servicios Sanitarios imponer multas a prestadores de servicios sanitarios, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
La requirente, Aguas Andinas, estima que el cúmulo de multas que se le aplicó de acuerdo con la norma impugnada infringe diversas garantías constitucionales.