Norma que faculta a la Superintendencia de Servicios Sanitarios para imponer multas a prestadores por infracciones a la regulación sectorial, será examinada en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
Aguas Andinas estima que el cúmulo de multas que se le aplicó de acuerdo con la norma impugnada transgrede los artículos 5°, 6°, 7° y 19 N° 2, N° 3 y N° 26 de la Constitución.