Niño


Recurso de casación rechazado.

Incurrió en falta de servicio la municipalidad por cuanto el sostenedor actuó de manera tardía e inoportuna frente a los actos discriminatorios que sufrieron los menores de edad derivados de la condición de niño transgénero de uno de ellos.

Además de los perpetrados por alumnos del establecimiento educativo otros fueron provocados por profesionales de la educación. No se probó que la municipalidad empleara el cuidado ordinario para prever e impedir las conductas dañosas.

22 de septiembre de 2020
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