Notificación judicial


Por unanimidad.

TC declaró la inadmisibilidad de inconstitucionalidad solicitada por empresa que impugnaba norma de Auto Acordado de la Corte Suprema en causa en la que se le da por notificada de demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo a través de notificación subsidiaria.

La Segunda Sala señaló que, el artículo 54 de la LOCTC, regula los supuestos para declarar la inadmisibilidad de una cuestión de inconstitucionalidad sobre autos acordados, estableciendo en su N°3, que ésta procede cuando no exista gestión, juicio o proceso penal pendiente.

14 de abril de 2021
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