Pacto de San José de Costa Rica


La respuesta peruana a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por Miguel Ángel Rodríguez Mackay.

20 de abril de 2024
Pero hay una razón jurídica de fondo que debió transmitirse enfáticamente: el indulto que fue concedido a Fujimori NO es un caso de la Corte IDH. No siéndolo, jamás la Corte podría pronunciarse por un caso que no corresponde a su jurisdicción. La razón que lo sustenta es que el indulto es una institución del derecho interno del Estado y no del derecho internacional. El caso de Barrios Altos y La Cantuta es distinto del indulto.
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