La resolución impugnada ha sido dictada por un órgano competente, actuando dentro de la esfera de sus atribuciones y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 14.908, que permite disponer medidas de apremio en caso de verificar la existencia de una deuda por concepto de pago de alimentos adeudados.
Pensión de alimentos
Tribunal argentino prohíbe a hombre participar en las actividades de un carnaval por adeudar pensión de alimentos.
Salida de menores fuera del país: buscan limitar la autorización del padre deudor de alimentos.
Comentarios estimados lesivos a labor profesional de abogada subidos a una red social pública y luego mantenidos sólo en una red privada lleva a que la Corte no tenga medidas que adoptar y a que el recurso pierda oportunidad.
Clases particulares del alimentario deben reputarse gastos extraordinarios si están motivadas por el mal desempeño académico del menor y han sido recomendadas, resuelve un tribunal español
Las clases de refuerzo sólo constituyen gastos necesarios extraordinarios si vienen impuestas por los malos resultados académicos del hijo y si consta una recomendación del centro en tal sentido. Fuera de esas circunstancias que deben ser probadas y que no constan en autos, las clases de refuerzo no superan el nivel de los gastos meramente recomendables.
Incumplimiento reiterado de la obligación de pagar alimentos es motivo suficiente para rechazar la demanda de divorcio por cese de la convivencia.
Procede la denominada “cláusula de dureza” al no haberse acreditado la alegación del demandante relativa a haber cumplido con el pago de la pensión de alimentos, por lo que se infiere que no ha cumplido con la obligación.
Resolución de Juzgado de Familia que dejó sin efecto retención del 10% de la cuenta de AFP del deudor de alimentos por cambio de entidad previsional, se anula de oficio por Corte de San Miguel.
Tribunal de familia incurrió en un error al dejar sin efecto la retención dispuesta, pues el 10% de los fondos de la cuenta de capitalización individual se encontraban retenidos por la administradora requerida, a la época en que el ejecutado se cambió de AFP, razón por la cual, dicho monto ahora está bajo la administración de la nueva entidad en la que cotiza el alimentante.
Autorización del juez para tramitar un oficio no faculta a las partes o letrados para involucrar a funcionarios o autoridades que no tengan la función directa de hacer cumplir la resolución del tribunal.
Al enviar cinco correos electrónicos acerca de la existencia de una causa de alimentos con prestaciones impagas, el abogado recurrido convirtió dichas comunicaciones en un verdadero reproche ético con amplia publicidad respecto del funcionario demandado.
Alimentario por escritura pública repudió el reconocimiento de paternidad por lo que mientras el tribunal competente no resuelva sobre la vigencia de la pensión alimenticia, procede solo retener el monto de los fondos disponibles para el alimentario
Mientras no se haya tramitado una demanda de cese o rebaja de pensión alimenticia ante el Juzgado de Familia, que permita establecer debida y previamente la existencia de una repudiación de paternidad y ausencia de actual relación de familia, solo procede retener los fondos que se encontraban disponibles para el alimentario.
Liquidaciones que sirvieron de base para decretar los apremios en contra del alimentante no adolecen de errores por lo que los apremios se ajustan a la legalidad.
La resolución objeto de este recurso fue dictada por Juez competente, dentro de los casos previstos por la ley, cumpliendo con las formalidades legales establecidas para tales efectos.
Negativa de hombre a practicarse prueba de ADN constituye un indicio que permite tener por acreditada su paternidad, resuelve un tribunal argentino.
No resulta necesario poner en cabeza de la accionante la realización de otros medios probatorios tendientes a arribar elementos a la causa que nunca serán los que la prueba impedida por el accionado habrán de aportar. En todo caso, la falta de presentación al proceso para desvirtuar y desconocer la paternidad que le es atribuida abona el indicio grave que recae sobre su conducta.
Ex pareja es condenada a pagar una pensión de alimentos en favor de la hija de su ex conviviente, a pesar de no ser el padre biológico de la adolescente.
Si el hombre ha sido el sostén del hogar en el que la menor vive, y tras la ruptura deja automáticamente de cubrir los gastos cotidianos, tal cambio repentino puede ser perjudicial para ella, por lo cual, por aplicación del principio de solidaridad familiar, se fija una cuota alimentaria temporal de acuerdo con las pautas establecidas.
Órdenes de arresto y arraigo nacional en contra de deudor de alimentos decretadas hace más de 7 años no producen efectos a la fecha si posteriormente no hubo movimiento en la causa, resuelve Corte de Santiago.
Desde la fecha de la resolución ha habido peticiones aún no resueltas por el Tribunal, de prescripción de las pensiones decretadas y de suspensión de las medidas de apremio.
Si deudor de alimentos no cumple con sus obligaciones la orden de arresto puede ser decretada incluso de oficio, resuelve Corte de Coyhaique.
La Ley N°14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, en ningún caso contempla un orden de prelación de las medidas de apremio.