
La requirente estima que la sanción establecida es desproporcionada y automática, vulnerando el debido proceso.
La requirente estima que la sanción establecida es desproporcionada y automática, vulnerando el debido proceso.
La Fiscalía Nacional Económica solicitó se tenga por rechazado el requerimiento interpuesto por la ANFP, alegando que la aplicación de los preceptos impugnados no resulta contraria a la Constitución.
El requirente alega que se le sanciona dos veces por el mismo hecho, lo que infringe los principios de non bis in ídem y de proporcionalidad.
Los magistrados no pudieron modificar el monto de la sanción, en especial si la cuantía se sitúa dentro de los márgenes establecidos por el legislador y se encuentra acorde, además, con la gravedad de la infracción.
El requirente alega que se le aplica una sanción de forma automática que ignora sus circunstancias particulares, afectando gravemente sus garantías constitucionales.
El requirente sostiene que se le aplica de plano una sanción desproporcionada, vulnerando sus garantías constitucionales.
Establece una desviación de los fines de la pena, carece de proporcionalidad y afecta el principio de igualdad.
El precepto legal cuya inaplicabilidad se solicita ya ha sido aplicado en la gestión pendiente, por lo que un pronunciamiento estimatorio en sede constitucional no surtirá efecto a su respecto.
El requirente alega que la sanción aplicada resulta arbitraria y desproporcionada, vulnerando sus garantías constitucionales.
El requirente estima que no puede controvertir una sanción injusta y desproporcionada, lo que vulnera sus garantías constitucionales.
El requirente alega que la sanción establecida no contiene criterios mínimos de determinación de la multa aplicable, vulnerando los principios de legalidad y proporcionalidad.