Propiedad intelectual


Centro comercial debe indemnizar a artista por la destrucción de un mural pintado en sus dependencias, resuelve un tribunal argentino.

22 de marzo de 2024
La omisión de toda comunicación al artista acerca del destino del mural ha sido, en definitiva, el detonante del daño moral esgrimido por el artista, conforme surge de la manifestación plasmada en acta notarial. Tal silente proceder, que en definitiva puede ser leído como un desprecio a la obra pictórica del actor, aparece hábil para configurar esa aflicción a su honor o reputación.

Tribunal General de la Unión Europea deniega a Puma registro de una zapatilla por no ser inédita: calzado había sido utilizado por la cantante Rihanna previo a la solicitud.

9 de marzo de 2024
En 2014 Rihanna era una estrella del pop mundialmente conocida. Ello implica que entre sus fans y los círculos especializados en el ámbito de la moda se había despertado un interés particular por los zapatos que llevaba el día de la firma del contrato en virtud del cual la estrella se convirtió en la directora artística de Puma.
Estados Unidos.

Tribunal desestima parcialmente demanda contra OpenAi por la presunta utilización de obras protegidas para entrenar a ChatGPT.

Las dos únicas acusaciones que siguen en pie son la de infracción directa de derechos de autor y la acusación de prácticas comerciales desleales por parte de OpenAI. La jueza señaló que si las alegaciones de los demandantes sobre el uso de obras protegidas por derechos de autor con fines de lucro comercial por parte de OpenAI fueran ciertas, esto podría constituir una práctica desleal.

17 de febrero de 2024
Doctrina del uso inocuo.

Difusión de activos digitales basados en obras de arte protegidas por derechos de autor se ajusta a derecho, resuelve un tribunal español.

La demandada ha realizado un uso justo, legítimo e inocuo de las mismas, sin causar perjuicio alguno a los autores de dichas obras ni a sus derechohabientes, sino todo lo contrario, pues con ello ha puesto en valor y ha dado a conocer a un mayor público unas obras que, aunque transformadas, muy probablemente no habrían tenido una difusión como la que tuvieron a raíz de este evento inaugural.

9 de febrero de 2024
Protección del sistema modular.

Tribunal General de la Unión Europea falla a favor de Lego y protege la propiedad intelectual del diseño de sus piezas.

Un dibujo o modelo solo se declara nulo si todas sus características quedan excluidas de la protección. En el caso examinado, dado que algunas de las alegaciones solo se refieren a una única característica de entre las varias consideradas por la EUIPO, esas alegaciones se consideran inoperantes y se desestiman por esta razón.

31 de enero de 2024
Inventor debe ser una “persona física”.

Corte Suprema del Reino Unido dictamina que la inteligencia artificial no puede patentar inventos. De estos son titulares las personas naturales.

Enfatizó que su sentencia no aborda los méritos de la patentabilidad de las herramientas y máquinas impulsadas por IA en general, al precisar que su decisión se limita a corroborar que la palabra “inventor” significa “persona física”, en virtud de la Ley de 1977. Constató que este requisito no fue cumplido por el solicitante.

25 de enero de 2024
Deficiencias probatorias.

Medidas solicitadas contra sitio web que reproduce películas se rechaza por Tribunal argentino: empresas como Netflix y Disney no probaron ser titulares del material audiovisual que reclaman.

Así como la prueba de ello es inconmensurable, según lo afirman las apelantes, también lo es la medida jurisdiccional que pretenden y es por ello por lo cual el juez de la causa debe contar con los elementos de convicción que considere pertinentes para examinar la procedencia de la tutela solicitada sobre los activos intangibles siempre, claro está, que ello se encuentre dentro de lo razonable.

21 de diciembre de 2023
Derechos marcarios en disputa.

Tribunales argentinos poseen jurisdicción para conocer disputa de marcas del fallecido Diego Armando Maradona.

Se advierte la particularidad de que los magistrados del lugar donde se manifiesta el daño de manera directa y que determina la jurisdicción internacional argentina para entender en la acción de responsabilidad civil por apropiación ilícita del derecho inmaterial en cuestión, coincide con los jueces del domicilio de la parte demandada, también ubicado en Argentina.

4 de noviembre de 2023
Producto posee distintividad.

Impresión borrosa de una marca en el producto comercializado no es causa suficiente para proceder a su cancelación si existe complementariedad, resuelve la Corte Suprema de Perú.

El hecho de que en el producto aparezca la impresión un poco borrosa, no resulta ser causal suficiente para cancelar el registro de marca; y, al cumplir con el criterio de complementariedad, acredita la existencia de una relación con los productos del género “prendas de vestir”, manteniendo por ello vigente el registro de la marca impugnada.

18 de octubre de 2023