Propiedad intelectual

Protección del sistema modular.

Tribunal General de la Unión Europea falla a favor de Lego y protege la propiedad intelectual del diseño de sus piezas.

Un dibujo o modelo solo se declara nulo si todas sus características quedan excluidas de la protección. En el caso examinado, dado que algunas de las alegaciones solo se refieren a una única característica de entre las varias consideradas por la EUIPO, esas alegaciones se consideran inoperantes y se desestiman por esta razón.

31 de enero de 2024
Inventor debe ser una “persona física”.

Corte Suprema del Reino Unido dictamina que la inteligencia artificial no puede patentar inventos. De estos son titulares las personas naturales.

Enfatizó que su sentencia no aborda los méritos de la patentabilidad de las herramientas y máquinas impulsadas por IA en general, al precisar que su decisión se limita a corroborar que la palabra “inventor” significa “persona física”, en virtud de la Ley de 1977. Constató que este requisito no fue cumplido por el solicitante.

25 de enero de 2024
Deficiencias probatorias.

Medidas solicitadas contra sitio web que reproduce películas se rechaza por Tribunal argentino: empresas como Netflix y Disney no probaron ser titulares del material audiovisual que reclaman.

Así como la prueba de ello es inconmensurable, según lo afirman las apelantes, también lo es la medida jurisdiccional que pretenden y es por ello por lo cual el juez de la causa debe contar con los elementos de convicción que considere pertinentes para examinar la procedencia de la tutela solicitada sobre los activos intangibles siempre, claro está, que ello se encuentre dentro de lo razonable.

21 de diciembre de 2023
Derechos marcarios en disputa.

Tribunales argentinos poseen jurisdicción para conocer disputa de marcas del fallecido Diego Armando Maradona.

Se advierte la particularidad de que los magistrados del lugar donde se manifiesta el daño de manera directa y que determina la jurisdicción internacional argentina para entender en la acción de responsabilidad civil por apropiación ilícita del derecho inmaterial en cuestión, coincide con los jueces del domicilio de la parte demandada, también ubicado en Argentina.

4 de noviembre de 2023
Producto posee distintividad.

Impresión borrosa de una marca en el producto comercializado no es causa suficiente para proceder a su cancelación si existe complementariedad, resuelve la Corte Suprema de Perú.

El hecho de que en el producto aparezca la impresión un poco borrosa, no resulta ser causal suficiente para cancelar el registro de marca; y, al cumplir con el criterio de complementariedad, acredita la existencia de una relación con los productos del género “prendas de vestir”, manteniendo por ello vigente el registro de la marca impugnada.

18 de octubre de 2023
Se incumple el requisito de originalidad.

Imágenes adaptadas por terceros extraídas desde una plataforma online gratuita carecen de la originalidad para reclamar derechos de autor, resuelve autoridad administrativa peruana.

La denunciante no ha demostrado ser titular de derechos de autor sobre los materiales objeto de denuncia. Los elementos adicionales que aparecen sobre las imágenes (rectángulos que contienen frases o expresiones) tampoco presentan rasgos particulares que denoten un mínimo de originalidad, por lo que no pueden ser protegidos por el derecho de Autor.

9 de octubre de 2023
Argentina.

Portal de noticias debe indemnizar los perjuicios causados por ilustrar sus notas periodísticas con fotografías protegidas sin el consentimiento del autor.

La autoría de una obra intelectual no nace con su inscripción en el registro respectivo. Tal derecho nace y se fija en el autor por la fuerza misma de la creación de la obra y, por tanto, no se pierde por no haberse cumplido con dicho registro. Una vez que el autor publica la obra, hecho que resulta indudable cuando la imprime o la distribuye por cualquier medio, se hace obligatorio su registro como requisito indispensable para su protección a los efectos patrimoniales.

3 de septiembre de 2023