Rectificación de noticia

Periódico que publicó reportaje sobre una empresa de estética, rectificado posteriormente, es absuelto de indemnizar perjuicios. El nexo causal entre el daño alegado y la publicación no fue acreditado.

El recurso no puede estar fundado tan sólo en un ejercicio de ponderación probatoria diferente al plasmado en el fallo, porque desconocería la doble presunción de legalidad y acierto de que está revestida la sentencia, como quiera que las conclusiones del juez son, en principio, intocables, salvo la demostración de un yerro apreciativo, evidente y trascendental, que no se mostró.

18 de abril de 2023