No comparecencia del imputado a la audiencia de procedimiento simplificado por cuarta vez, constituye una demora en la tramitación de la causa que permite decretar orden de detención.
La orden detención despachada, fue emitida en audiencia, a solicitud del Ministerio Público, y previo debate de los intervinientes, por autoridad competente, dentro de la esfera de sus atribuciones.