No cualquier duda es suficiente para destruir la presunción de inocencia, desde que debe sustentarse en la lógica de lo razonable, resuelve Tribunal Supremo de España.
Bajar los pantalones y las bragas de la mujer, seminconsciente, tumbada en la vía pública, para inmediatamente bajarse los suyos, e iniciar movimientos rítmicos de empuje sobre su zona genital, solo siendo detenido por la intervención de terceros, exigen prueba suficiente para acreditar que no pretendía penetrar a la víctima