Error de hecho no opera como fundamento para anular la sentencia ya que los hechos que han sido establecidos por el tribunal de grado resultan en principio inmutables en sede de nulidad.
Si se apreció bien o se apreció mal la prueba no es un aspecto que esté sujeto al control de un tribunal superior, salvo que se acredite que se han infringido las reglas de la sana critica en la apreciación de la prueba.