La pureza de la droga traficada no es una exigencia para condenar por su posesión al imputado, resuelve la Corte Suprema.
Basta la existencia del principio activo de la sustancia para que aquella sea considerada nociva. Asimismo, el máximo Tribunal estimó que no puede ponderar nuevamente los hechos revisados por los jueces de base para determinar si procede o no una circunstancia atenuante.