La sentencia no explica de manera suficiente las razones que se tuvieron en visita para condenar por el delito de receptación al acusado, resuelve la Corte de Chillán.
No se configura el delito de receptación de vehículo, sino que se trata de un robo en bien nacional de uso público, alega la defensa, por lo que se debe invalidar el juicio y la sentencia.