Sentencia que absolvió a cirujano plástico del cuasidelito de lesiones graves fue anulada por la Corte de Santiago, ya que el veredicto fue comunicado 24 horas después de haber terminado el debate.
Se ha alterado y quebrantando la ritualidad y continuidad del juicio, teniendo presente que la decisión de absolución constituye una actuación jurídico procesal que debe materializarse en la oportunidad prevista en el artículo 343 del CPP.