
El máximo Tribunal considera que se trata de datos sensibles, pues se refieren a características morales de los sujetos que se encuentran cumpliendo condena.
El máximo Tribunal considera que se trata de datos sensibles, pues se refieren a características morales de los sujetos que se encuentran cumpliendo condena.
Los terceros afectados gozan del derecho de oponerse a la entrega de la información solicitada, posición en la que se encuentran los ganadores de los fondos concursables.
El máximo Tribunal determinó que en la actualidad no existe sujeto activo que pueda sustentar la denuncia realizada.
Se trata de una sentencia interlocutoria que pone término al juicio por lo que procede el recurso de apelación de manera directa.
Los magistrados no pudieron modificar el monto de la sanción, en especial si la cuantía se sitúa dentro de los márgenes establecidos por el legislador y se encuentra acorde, además, con la gravedad de la infracción.
Los ministros disidentes estimaron que la resolución impugnada se encuentra en la hipótesis del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, pues pone término al juicio y no es susceptible de recurso alguno.
El Ministerio Público tiene la calidad de ente persecutor, sin que sus estrategias puedan ser develadas en favor del abogado que representa los intereses del imputado, pues esto puede frustrar una adecuada investigación.
Se debe considerar lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley N°21.226 y el artículo único de la Ley N°21.379, que no admite interpretación diversa en la materia.
La requirente estima que se vulnera su facultad de interponer recursos y, en consecuencia, su garantía constitucional a un debido proceso.
El artículo 25 de la Ley N°19.880 se aplica durante toda la sede administrativa, es decir, hasta antes de la judicialización del proceso, cuestión que incluye el cómputo de los plazos para presentar los recursos que procedan en sede jurisdiccional.
El recurso de apelación no tiene causales específicas y su único objeto es obtener del tribunal superior respectivo que enmiende, con arreglo a derecho, la resolución del inferior.