Redes sociales

Argentina.

Bloqueos de cuenta de Instagram perteneciente a una armería se ajustan a derecho: rubro de la empresa amerita mayor control por infracción a las condiciones de uso.

Al no estar prima facie demostrado el carácter antijurídico y lesivo del obrar de la demandada ni el daño ocasionado u amenaza de su producción, esta Sala considera que la pretensión en los términos propuestos no resulta admisible. Más que prevenir un daño, pareciera buscarse una restricción general y para el futuro, que podría comprometer las propias políticas de uso y control de Instagram.

9 de marzo de 2024
Estados Unidos.

Proyecto de ley que prohíbe el acceso de menores de 16 años a las redes sociales se aprueba por el congreso del Estado de Florida.

Los defensores de la ley argumentan que las redes sociales representan un riesgo significativo para la salud mental de los jóvenes al facilitar comportamientos perjudiciales como el ciberacoso. En contraposición, hay quienes sostienen que la supervisión del uso de redes sociales por parte de los menores debe ser responsabilidad de los padres y no del gobierno.

26 de febrero de 2024
Opinión.

Enviar solicitud de amistad y dar “like” en TikTok, dos gestos que suponen un quebrantamiento de condena, por Blanca Valdés.

Dar un “me gusta” es comunicarse directamente con ella porque la víctima no puede hacer nada para evitarlo al tratarse de un usuario que desconocía y que, por tanto, no tenía bloqueado. Y ello no es un acto involuntario del acusado porque, aunque la publicación era abierta, entró a su perfil y pinchó el icono correspondiente. 

18 de febrero de 2024
Opinión.

España: Influencers regulados.

Con el objetivo de proteger a los consumidores, comenzará a regir en España la «ley influencer», que regula la actividad de creadores de contenido de distintas plataformas. A quiénes se le aplicará la norma, qué prohibiciones y multas tendrán.

13 de febrero de 2024
Recurso de protección rechazado por la Corte Suprema.

Si una materia ya fue resuelta acogiendo el recurso de protección, es improcedente interponer nuevamente una acción cautelar si la sentencia que fue dictada se encuentra en etapa de cumplimiento.

El recurrente acusó a dos recurridas de “funarlo” y acusarlo de violación en diversas redes sociales, puntualizando que la magistratura ya en 2020 resolvió a su favor y ordenó a las recurridas eliminar las publicaciones calumniosas, por ende, el actor no puede recurrir nuevamente por los mismos hechos, ya que la primera sentencia se encuentra en etapa de cumplimiento, debiendo el afectado solicitar que las acusadas respeten dicho fallo.

12 de febrero de 2024
Violencia digital.

Hombre debe eliminar material íntimo de una mujer y abstenerse de publicarlo en redes sociales, ordenó un tribunal argentino.

La violencia digital es aquella que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real, simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres sin su consentimiento, discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas o que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual.

10 de febrero de 2024
Afectación del derecho a la intimidad.

Cirujana que publicó sin autorización imágenes de una mamoplastia en su cuenta de Instagram, es condenada por tribunal español.

El consentimiento firmado antes de la operación solo autorizaba a la apelante a publicarlas en un ámbito docente médico o científico y por tanto especializado que no tiene su Instagram, al que puede acceder cualquier persona, pues es de acceso público. El empleo de la imagen no ilustra una noticia relacionada con la medicina, sino que más bien responde a una finalidad publicitaria y comercial de la doctora.

9 de febrero de 2024