
Los hechos denunciados deben ser discutidos y probados en un juicio de lato conocimiento, lo que se contrapone con la naturaleza cautelar de la acción de protección.
14 de enero de 2022
Los hechos denunciados deben ser discutidos y probados en un juicio de lato conocimiento, lo que se contrapone con la naturaleza cautelar de la acción de protección.
No existe un actuar ilegal o arbitrario por la recurrida, la cual se ha limitado simplemente a cumplir el mandato que le confiere el Reglamento de Copropiedad.